Jueza federal ordena vinculación a proceso penal contra Willy T. y Eva M. por violación de dos niñas en Zimapán, Hidalgo



Por Ricardo Montoya

Marlen Ángeles Tovar, titular del Juzgado Segundo del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con sede en Culiacán, Sinaloa, otorgó la protección de la justicia federal a favor de dos menores de edad identificadas como Y.M.E.T. y E.D.E.T., de ocho y diez años, originarias de Zimapán, Hidalgo. Las niñas acusaron a su tío, el político y empresario Willy T, y a su esposa, Eva M, de haberlas violado.

La jueza federal revocó los autos de no vinculación a proceso emitidos por juzgados locales de Hidalgo y ordenó al Tribunal Superior de Justicia del estado emitir una nueva resolución. En esta nueva determinación, se deberán considerar tanto los testimonios de las menores como otras pruebas presentadas por el Ministerio Público.

“Se deja insubsistente la resolución del 14 de diciembre de 2023, emitida en el toca penal 182/2023, que confirmó el auto de no vinculación a proceso del 16 de marzo de ese año, emitido en la causa penal 761/2022, únicamente respecto a la probable participación de Willy T y su esposa; y en su lugar, emita otra resolución en la que atienda las consideraciones expuestas en la presente sentencia de amparo”, señala la sentencia del juicio de amparo indirecto 96/2024, fechado el 13 de diciembre de 2024.

Análisis de la jueza federal

La jueza calificó como ilegales tanto el auto emitido el 16 de marzo de 2023 por la jueza de control Janet Montiel Mendoza como su ratificación en apelación por parte del magistrado Víctor Juárez González, ambos del Tribunal Superior de Justicia de Hidalgo.



“Se observa que, si bien el titular de la sala responsable advirtió de manera acertada que del auto de no vinculación a proceso se desprenden hechos que la ley señala como delitos de violación equiparada y abuso sexual, también lo es que, contrariamente a lo sustentado en la resolución reclamada, los datos de prueba aportados en la formulación de imputación son suficientes para establecer, de manera indiciaria, la probable participación de Willy T  y Eva M, en los hechos ilícitos en cuestión”, subraya la sentencia. 

La jueza respaldó su decisión en diversos criterios jurisprudenciales de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establecen la preponderancia y validez de las imputaciones directas de menores en casos de delitos sexuales. Estos criterios subrayan que el testimonio de las víctimas puede ser suficiente para acreditar la probable responsabilidad cuando es consistente y está respaldado por otros elementos probatorios. 

La jueza estableció en su sentencia que conforme al sistema de justicia penal acusatorio, no se requiere acreditar de manera plena el cuerpo del delito para dictar auto de vinculación a proceso; basta con la existencia de datos que establezcan la probabilidad de que los hechos ocurrieron y de que los imputados participaron en ellos. 

Pruebas y testimonios tomados en cuenta

Entre las pruebas desestimadas previamente por las autoridades locales y ahora consideradas por la jueza federal destacan:

• Las declaraciones iniciales y ampliadas de E.D.E.T., rendidas los días 17 y 23 de junio de 2022.

• Los resultados de exámenes médicos y ginecológicos realizados a las niñas.

• Dictámenes psicológicos emitidos por peritos especializados que corroboran los testimonios de las víctimas.

Además de los señalamientos directos en contra de ambos acusados por parte de las niñas, la jueza también dio validez a "las diversas valoraciones y dictámenes médicos que se realizaron a las niñas quejosas (certificados médicos de integridad física y clasificación de lesiones, examen ginecológico) y se señalaron en la formulación de imputación así como los meta dictámenes a cargo del perito en psicología JPOS " así como de otros especialistas.

La jueza consideró que "dichos datos de prueba resultan insuficientes para restar credibilidad y certeza a las imputaciones directas que hicieron las niñas quejosas, en la ampliación de declaración por parte de E.D.E.T., y en la entrevista realizada por la perito de la Fiscalía General de la República, a la infante de iniciales Y.M.E.T., en que hicieron un señalamiento directo hacia los inculpados, a quienes se les atribuye la probable intervención en los hechos que la ley señala como delitos de violación equiparada y abuso sexual".

Exigencia de justicia

Julio Gálvez, abogado de las niñas, calificó la resolución de la jueza federal como ajustada a derecho y pidió a las autoridades judiciales de Hidalgo cumplir sin dilación con lo ordenado por la juzgadora.

“Sería inadmisible que se intente obstaculizar el proceso cuando existen pruebas claras y contundentes. La corrupción no puede ser motivo para negar justicia a estas niñas”, afirmó el representante legal.
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