Ricardo Montoya.
Activistas del colectivo feminista Adax Digitales encabezadas por Mayra Dávila se manifestaron en las afueras del congreso del Estado de Querétaro para dar a conocer que tras interponer un amparo ante un juzgado de distrito en coordinación con la agrupación Gire lograron el reconocimiento de la inconstitucionalidad de los artículos 136 137, 138, 139, 140, 141, y 142 del Código Penal de la entidad , enmarcados en el capitulo quinto denominado "aborto" y que impiden a las mujeres acceder a su derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE) al tipificarlo como un delito.
El artículo 136 señala que el aborto es un delito de quien "causa la muerte al producto de la concepción hasta antes del nacimiento"; mientras que el 137 establece una pena de uno a tres años de prisión "al que hiciere abortar a una mujer con consentimiento de ésta"
En tanto en el 138 se impone una pena de cárcel de uno a tres años de prisión "a la mujer que se procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar".
Mientras que en el 140 se sanciona a los médicos que ayuden a abortar "sin motivo" a una mujer con la suspensión de uno a cinco años en el ejercicio de su profesión.
Por todo lo anterior,las activistas de Adax Digitales explicaron que esos artículos vulneran el derecho a la salud de las mujeres y personas9 gestantes.
Esto porque según Mayra Dávila obligan a las mujeres a ser madres cuando esto es contrario a su proyecto de vida, y atentan directa y frontalmente con su derecho al disfrute más alto del nivel posible de bienestar físico, mental y social.
Dichos apartados del Código Penal de Querétaro tampoco reconocen a las mujeres el control de su salud y cuerpo con inclusión de su libertad sexual.
Por ello, abundó Mayra Dávila Alvarado, la sentencia del juzgado de distrito ordena al Congreso de Querétaro derogar esos artículos del9 Código Penal antes de que termine el último periodo de la LX Legislatura el próximo 25 de septiembre en que concluirán las labores de los actuales diputados locales.
Al momento de que sean derogados se dará un paso firme para lograr la Interrupción Legal del Embarazo en Querétaro.
La activista subrayó que la sentencia no sólo abarca la despenalización de la interrupción del embarazo sino también prevé brindar a las mujeres la garantía de que puedan acceder al aborto en condiciones óptimas y seguras.
Dijo que la tasa de mortalidad de mujeres que acuden a dedicarse un aborto en lugares clandestinos es mucho mayor que se acuden a que se practiquen en condiciones médicas adecuadas.
Por lo anterior la sentencia obliga al Estado
Garantizar la presencia de personal médico capacitado y la existencia de lugares limpios y seguros para la realización de la interrupción del embarazo.
También garantiza el derecho de las mujeres a que reciban información completa y seria para que de forma libre tomar decisiones sobre su salud reproductiva.
Al final de la conferencia de prensa las activistas entregaron una copia certificada de la sentencia a la Oficialía de Partes del poder legislativo, dirigido a la presidenta de la Mesa Directiva, Ana Paola López Birlaín.
Esto con el fin de que a la brevedad posible se inicien los trabajos correspondientes para derogar los artículos de código penal señalados en la sentencia.
Finalmente Dávila aseveró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es posible realizar el aborto siempre y cuando no se excedan las 12 semanas, tal como se busca hacer en el estado de Querétaro.