Ayer lunes 1° de mayo de 2023 se dio a conocer en un portal digital de noticias, como “exclusiva”, que el ministro Alberto Pérez Dayán presentará ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un proyecto de sentencia en el que, supuestamente, propone invalidar la reforma a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, aprobadas en diciembre de 2022.
De conformidad con el Acuerdo General número 18/2006, emitido por el Pleno de la SCJN, los proyectos de sentencia de los ministros constituyen información reservada.
¿Quién es responsable de resguardar la información de un expediente judicial en trámite ante el alto tribunal? ¿Con qué intención alguien de la SCJN filtró a un medio de comunicación, en exclusiva, un proyecto de sentencia tan relevante? ¿A cambio de qué se entregó la información reservada? La filtración de información ¿afecta o no el principio de imparcialidad de los demás jueces constitucionales? ¿Es causa de responsabilidad grave la divulgación indebida de esta información? Son cuestionamientos que la SCJN debe responder al pueblo de México.
El actuar de la SCJN no constituye un acto de transparencia, sino de irresponsabilidad, ya que dicho procedimiento judicial aún se encuentra en trámite y no ha sido incluido en la lista oficial de asuntos por resolver en el pleno, por lo cual se viola flagrantemente el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación, cuyo capítulo sobre la imparcialidad, numeral 2.5, prohíbe a los ministros o demás funcionarios judiciales divulgar cualquier opinión que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento, como lo establece la fracción IX del artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.