LO MÁS PELIGROSO DE LA LEY TELECOM

Por María Gil
Analista Político

Desde el pasado 23 de junio, integrantes del Frente por la Comunicación Democrática, han realizado diversas reuniones con el presidente del senado, Raúl Cervantes, con el objeto de exponerle 31 argumentos negativos de la Ley secundaria en materia de Comunicaciones; el dictaminen de reforma, que el pasado Domingo fue aprobado, no contempló ninguna de las demandas ciudadanas.

En la comparecencia, diferentes organizaciones sociales, políticas, de derechos humanos y culturales, habían advertido la necesidad de atender las demandas de la ciudadanía, eliminar los puntos represivos (sobre todo, aquellos centrados en el internet y la telefonía celular), como la suavidad con que fueron tratadas las grandes televisoras del país.

Varios de aquellos activistas fueron silenciados por la orden de Javier Lozano Alarcón, cuando sus gritos detuvieron, por algunos momentos, la sesión que tuvo a éstos como espectadores. “Gracias por participar”, fue la contestación del también presidente de la Comisión de Telecomunicaciones (Ifetel).

Durante seis horas de querella, los senadores dieron sus argumentos a favor y en contra de este proyecto. La mayoría de las cuales, centraron sus posicionamientos en el conflictivo papel que desempeñarán los proveedores de servicios, el posicionamiento de los actores “preponderantes”, el lugar que le corresponderá al Instituto Federal de Telecomunicaciones, así como la fortificación de los medios públicos.

En todos ellos, ganó la propuesta de Enrique Peña Nieto y Lozano.

Conforme a los anterior resulta interesante señalar: ¿Cuáles son los otros puntos rasposos que mantienen la propuesta de Peña Nieto en el dictamen que fue aprobado en el senado?

Represión, vigilancia y censura

Para Simón Hernández, abogado del Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez, y analista jurídico, en este momento existen varias leyes de la llamada #LeyTelecom que “directa o indirectamente penalizan la protesta social” y que poseen en su interior, contradicciones con los principios fundamentales de la democracia.

“Por otro lado, hay algunas otras directas, que restringen los derechos en internet, intervienen las comunicaciones, alientan la aplicación discrecional de la justicia penal, sobre todo en caso de que un movimiento social sea catalogado como ‘violento’, ‘terrorista’, que ‘altera la paz pública’. En estas últimas y en las primeras, vemos un desprecio por canales no institucionales de manifestación de las demandas ciudadanas”, expuso.

1. Censura. Al menos un artículo ha sido previamente acusado de ser proclive a la censura en internet y comunicaciones telefónicas. Por otra parte, el artículo 145 establece que las empresas “deberán preservar la privacidad de los usuarios y la seguridad de la red. Podrán bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicios a petición expresa del usuario, cuando medie orden de autoridad o sean contrarios a alguna normatividad”. Este punto, así como fue enviado al congreso, fue respetado en forma y sustancia.

2. Espionaje. El presidente también planteó que los concesionarios estén obligados a llevar un registro de las comunicaciones telefónicas de sus usuarios y el registro de datos de internet, así como a guardarlos durante dos años para consulta de la autoridad. En específico, señala: “exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada”.

Aunque fue modificada, ya que la primera versión no contemplaba la intervención de una autoridad judicial, aun así los proveedores de servicios estarán no sólo facultados sino obligados a retener los datos. Algunos especialistas en el tema, como María Elena Meneses, también han alertado que esto incrementará los precios.

3. Bloqueo de señales. Bajo la excusa de “preservar la seguridad nacional”, así como prever la actuación de instancias policiacas en eventos de “riesgo”, el artículo 197, sostiene que la Secretaría de Gobernación podrá “bloquear, inhibir o anular de manera temporal las señales de telecomunicaciones en eventos y lugares críticos para la seguridad pública y nacional a solicitud de las autoridades competentes”. Asimismo, apuntala que las empresas deberán estar obligadas a colaborar con las instancias de seguridad en el monitoreo para verificar el bloqueo, inhibición o anulación de las señales de telecomunicaciones de conformidad con los lineamientos establecidos.

4. Intervenciones y geolocalización. La iniciativa de Peña Nieto planteó que sea obligación de los concesionarios intervenir comunicaciones o geolocalizar teléfonos celulares cuando así lo exija una autoridad. De conformidad con el artículo 190 del proyecto de dictamen que planteo Peña Nieto y el que planteó la Comisión de Telecomunicaciones del senado, obliga a los proveedores de servicios otorgar al gobierno federal, el nombre; el tipo de comunicación; el número de destino; la fecha, hora y el tipo de servicio; las características del aparato emisor; la ubicación digital del posicionamiento geográfico de las líneas telefónicas. Por otra parte, obliga a que sean retenidos estos datos al menos las doce horas posteriores al servicio, añadiendo nuevas disposiciones, al Código Nacional de Procedimientos Penales.

La combinación de los cuatro últimos puntos, posibilitarán según el Frente por la Libertad de Expresión, combinados, la instauración de una “estado de excepción” virtual. Además, dará facultades para que las empresas, ahora ya no sólo otorguen sus servicios, sino además, ayuden a las labores policiacas.

Concentración de medios

Sin embargo también, permanecen al menos nueve puntos básicos, denunciados y puestos en relieve por diversas organizaciones de derechos humanos, políticos, sociales y culturales, como habían advertido desde marzo, cuando entonces, se mandó la propuesta de ley a la cámara alta para su aprobación.

1. Preponderancia. Un invento “mexicano” como hace unos días presumió el coordinador de los senadores panistas, Jorge Luis Preciado Rodríguez, prevé que una empresa es dominante en el mercado de las telecomunicaciones, sólo por sector –radio, televisión o televisión de paga– y no por servicios en específico. Fue propuesta por el ejecutivo y no fue modificada sustancialmente como lo pidió hasta la misma dirigencia de Acción Nacional y el de la Revolución Democrática. Dicha propuesta, como también se ha señalado insistentemente, beneficiaría a las grandes televisoras que podrían ser declaradas “preponderantes” sólo en el mercado de televisión abierta y no en las otras que tienen presencia.

2. El IFT. Como sucederá análogamente con la Ley de Hidrocarburos, complementaria a la Reforma Energética, la presidencia de la república será la encargada de supervisar los contenidos audiovisuales. Peña Nieto propuso que fuera la Secretaría de Gobernación (Segob), y no el Ifetel, la institución responsable de supervisar contenidos en medios audiovisuales. Sólo hasta después de las negociaciones, se acordó que sea el IFT el responsable de la supervisión de contenidos, sin embargo, también se prevé que vuelva a su estado natural en la cámara de diputados. “Consideramos inadmisible devolver esta facultad a la Secretaría de Gobernación, porque entraña un evidente objetivo de control político en los medios de comunicación electrónica”, dijo el Frente por la Comunicación Democrática.

3. Transición digital. En la iniciativa de Peña Nieto, se planteó que las estaciones de televisión –las de potencia igual o menor a 1 KW de VHF y 10 KW para UHF– tengan hasta el 31 de diciembre de 2017 para finalizar sus transmisiones analógicas, cuando el plazo límite para el resto se fijaba en 2015. Propuesta que, en abril, fue duramente criticada por medios de comunicación pequeños, y especialistas que advirtieron el ahondamiento de la brecha digital. Ahora el proyecto de dictamen establece que la transición deberá concluir a más tardar el 31 de diciembre de 2015, es decir, un plazo menor y mucho más agresivo, y en el caso de que algunas emisoras con las características antes mencionadas no lo hagan, el IFT deberá intervenir para diseñar un programa que las ayude y evite que la población local deje de recibir esas transmisiones.

4. Derechos de audiencias para niños y niñas. Pese a haberse sugerido como una adición fundamental al dictamen, no hay una política clara, tanto en materia del derecho de audiencias para niños y niñas, como tampoco, regulaciones más claras de cómo estarán constituidos estos derechos en los medios públicos y comerciales.

5. Medios públicos. Peña Nieto planteó que los medios públicos no sólo reciban recursos del erario sino que puedan obtener patrocinios para financiarse. Sin embargo, fijó limitaciones como que esos patrocinios deban aparecer con un formato distinto al de un comercial y que no puedan durar más de cinco segundos. El proyecto de dictamen hasta ahora mantiene esas restricciones, aunque legisladores del PAN y del PRD exigen retirarlas argumentando que eso es necesario para que los medios públicos tengan más ingreso y mayor capacidad de producir contenidos. Este último, además, ha sido acusado de ser usado como una “careta comercial”, ya que al diferenciar una publicidad de la otra, así como su penetración en impacto, ahondará las diferencias y la falta de competencia.

6. Cadena nacional pública. Por último, nuevamente se hizo ausente, la posibilidad de que una cadena de televisión y radial pública nacional, operando con el mismo poder de penetración, tenga lugar dentro de los “competidores”. En contradicción con los argumentos de los senadores apologistas a la nueva ley, por parte del Revolucionario Institucional, la extensión de la ley de “competencia” sólo pone como relieve a los competidores privados, y no así, al interés común de un sector que está relacionada directamente con la población. Esta iniciativa está ausente en la propuesta de Peña y en el nuevo dictamen general.
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Fuente: Revolución Tres Punto Cero