Galileo Galilei ante el Tribunal de la Santa Inquisición. |
POR JULIO GÁLVEZ
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LOS HIDALGUENSES DURANTE AÑOS NOS HEMOS QUEJADO DE LA PÉSIMA
CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES Y DE LA NORMATIVIDAD QUE LOS
REGULA, LAMENTABLEMENTE NUESTROS AYUNTAMIENTOS LLEVAN MÁS DE 70 AÑOS OPERANDO A
TRAVÉS DE UN CUERPO NORMATIVO OBSCURO QUE FAVORECE EL TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y
LA CORRUPCIÓN. EN POCAS PALABRAS, LA MAYORÍA DE LAS NORMAS MUNICIPALES SON
INTENCIONALMENTE CREADAS POR EL CONGRESO PARA QUE EL PARTIDO EN EL PODER PUEDA
CONTROLAR POLÍTICAMENTE A LOS MUNICIPIOS.
HOY EN DÍA, HIDALGO, SE HA CONVERTIDO EN UN ESTADO
INQUISITIVO, LA CONSTITUCIÓN ESTATAL, LA LEY DE HACIENDA MUNICIPAL, LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL, LA LEY DE LA AUDITORIA SUPERIOR, ETC; CONTIENEN PRECEPTOS
EN MATERIA PRESUPUESTARIA QUE LIMITAN JURÍDICAMENTE A LOS AYUNTAMIENTOS Y
VULNERAN CLARAMENTE EL PRINCIPIO DE LIBRE HACIENDA MUNICIPAL CONSAGRADO POR EL
ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
EXISTEN DECENAS DE CASOS RESUELTOS POR LA SUPREMA CORTE DE
JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LOS QUE
ALGUNOS CONGRESOS ESTATALES, CON LA INTENCIÓN DE CONTROLAR POLÍTICAMENTE
A CIERTOS MUNICIPIOS DE OPOSICIÓN, CREARON LEYES QUE INVADEN SUS ESFERAS
COMPETENCIALES. MUCHAS VECES EL RETRASO DE VARIAS COMUNIDADES POBRES
HIDALGUENSES SE DEBE A QUE EL PARTIDO EN EL PODER OBSTACULIZA SU DESARROLLO CON
EL FIN DE FRENAR POLÍTICAMENTE A LOS GOBIERNOS OPOSITORES.
LOS MUNICIPIOS TIENEN MÚLTIPLES HERRAMIENTAS
CONSTITUCIONALES QUE LES OTORGA AUTONOMÍA, EL MENCIONADO ARTÍCULO 115 DE LA
CONSTITUCIÓN FEDERAL, LES CONCEDE UNA INFINIDAD DE FACULTADES JURÍDICAS
EXCLUSIVAS DEL MUNICIPIO LIBRE. LOS AYUNTAMIENTOS COMO ÓRGANOS CONSTITUCIONALES
AUTÓNOMOS PUEDEN EXPEDIR SUS PROPIOS REGLAMENTOS Y DEJAR DE APLICAR LAS LEYES
DEL CONGRESO QUE INVADAN SUS COMPETENCIAS; EN POCAS PALABRAS, EL MUNICIPIO ES
AUTÓNOMO, SI OTROS PODERES INVADEN SUS ESFERAS, ES PORQUE ESTOS NO CUENTAN CON
LOS MECANISMOS JURÍDICOS NECESARIOS, PARA EJERCER SU LIBERTAD.
EN NUESTRA SOCIEDAD ACTUAL GLOBALIZADA, ES FUNDAMENTAL QUE
LOS MUNICIPIOS CUENTEN CON SU PROPIA NORMATIVIDAD EN LAS MATERIAS QUE LOS
FACULTA LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, YA QUE DE ESTA FORMA EVITARÍAN QUE OTROS
PODERES ESTATALES LOS CONTROLEN. POR EJEMPLO, EN MATERIA PRESUPUESTARIA, LA
AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE HIDALGO, AL FISCALIZAR RECURSOS PROPIOS DEL
MUNICIPIO, SE ENCUENTRA VULNERANDO EL PRINCIPIO DE LIBRE HACIENDA MUNICIPAL SIN
QUE ESTE PUEDA HACER ALGO AL RESPECTO DEBIDO A QUE NO CUENTA CON LAS
HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA FISCALIZARSE A SÍ MISMO.
DE IGUAL FORMA, LA DISPERSIDAD NORMATIVA ES OTRA DE LAS
PROBLEMÁTICAS QUE IMPIDEN EL DESARROLLO DE LOS MUNICIPIOS HIDALGUENSES, YA QUE
EXISTE UNA GRAN CANTIDAD DE REGLAMENTOS QUE
COLISIONAN ENTRE SI Y QUE SON OPERADOS POR NUESTROS SERVIDORES PÚBLICOS
EN UN AMBIENTE DE OBSCURIDAD. EN POCAS PALABRAS, HOY EN DÍA, ES MUCHO MÁS
COMPLICADA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA, LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS, PERMISOS,
ETC; DEBIDO A QUE CADA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL ENTRANTE QUIERE REDESCUBRIR EL
HILO NEGRO LEGITIMANDO SUS NECESIDADES PARTIDISTAS DE PODER INVENTANDO NORMAS
INEFICACES E INOPERANTES.
PARA DISMINUIR LA DISPERSIDAD JURÍDICA CON LA QUE CUENTAN LOS
MUNICIPIOS HIDALGUENSES, ES NECESARIO QUE ESTOS LE DEN ORDEN A SU NORMATIVIDAD,
ES DECIR, LOS AYUNTAMIENTOS DEBEN CREAR UN CUERPO NORMATIVO EN DONDE SE
ENCUENTREN COMPILADOS, DEPURADOS, INTERPOLADOS Y SISTEMATIZADOS TODOS LOS
REGLAMENTOS OPERADOS POR EL MUNICIPIO. EN UNA ECONOMÍA TAN DINÁMICA COMO LA DE
HOY, ES NECESARIO QUE NUESTROS MUNICIPIOS CUENTEN CON UN CUERPO NORMATIVO CLARO
QUE REDUZCA TRAMITES INCENSARIOS Y FACILITE LA CREACIÓN DE EMPLEOS,
RECAUDACIÓN, TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA JUSTICIA. LAS ADMINISTRACIONES
MUNICIPALES NO NECESITAN MÁS NORMAS, NECESITAN ORDENARLAS.
DE ACUERDO CON LO ANTERIOR, ES NECESARIO QUE CADA UNO DE LOS
AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE HIDALGO, CUENTEN CON SU PROPIO DERECHO COMÚN, YA
QUE A TRAVÉS DE ESTE, SE ORDENARÍA JURÍDICAMENTE AL MUNICIPIO (BASE DE LA
ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DE LA SOCIEDAD). LA DESORGANIZACIÓN DE
UN AYUNTAMIENTO Y SU FALTA DE RESULTADOS SE REFLEJA DIRECTAMENTE EN LA CALIDAD
DE VIDA DE LOS CIUDADANOS, LAS POLÍTICAS MUNICIPALES DEFICIENTES QUE EN LA
ACTUALIDAD OBSERVAMOS, NO SON MÁS QUE EL REFLEJO DE LA FALTA DE ORGANIZACIÓN
JURÍDICA DE NUESTROS AYUNTAMIENTOS.
LA SITUACIÓN EN EL ESTADO DE HIDALGO, ES SUMAMENTE
PREOCUPANTE, HOY MÁS QUE NUNCA, ES NECESARIO QUE NUESTROS MUNICIPIOS CUENTEN
CON NORMAS CLARAS BASADAS EN PRINCIPIOS JURÍDICOS UNIVERSALES COMO LO SON LA
VIDA, LA SALUD, LA EDUCACIÓN, LA LIBERTAD, EL SANO ESPARCIMIENTO Y NO EN
FORMALISMOS JURÍDICOS QUE SE REFLEJAN EN TRAMITES ABSURDOS QUE VULNERAN LOS
DERECHOS HUMANOS DE LOS GOBERNADOS.
HIDALGO NECESITA UN CAMBIO EN TODOS SUS SECTORES, NECESITA
MODERNIZARSE DE FONDO, LOS CIUDADANOS DÍA A DÍA NOS ENFRENTAMOS CON
FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE OPERAN LOS REGLAMENTOS MUNICIPALES EN UN AMBIENTE DE OSCURIDAD
CON LA INTENCIÓN DE OBTENER BENEFICIOS POLÍTICOS DEBIDO A QUE NUESTRA
DISPERSIDAD NORMATIVA SE LOS PERMITE. MIENTRAS MÁS NORMAS SE CONTRAPONGAN ENTRE
SI, MENOR SEGURIDAD JURÍDICA TENDRÁN LOS GOBERNADOS ANTE LA CORRUPCIÓN.
SI ANHELAMOS UN HIDALGO DE VANGUARDIA, ES NECESARIO QUE LOS
MUNICIPIOS ADAPTEN SUS NORMAS A LOS VALORES HUMANOS QUE DIGNIFIQUEN EL SERVICIO
PÚBLICO, DEBEMOS ESTAR PREPARADOS PARA ENFRENTAR LAS NUEVAS NECESIDADES DE LA
SOCIEDAD, LOS GOBERNADOS REQUIEREN UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA TRANSPARENTE QUE
ACTÚE CON ORDEN Y RUMBO, LAS POLÍTICAS INQUISITIVAS SOLO POLARIZARAN A LA
SOCIEDAD Y FRACTURARÁN AL GOBIERNO.
POR JULIO ALEJANDRO GÁLVEZ BAUTISTA, ESPECIALISTA EN DERECHO CIVIL, MAESTRO EN DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL Y CANDIDATO A DOCTOR EN DERECHO POR LA UNIVERSIDAD PANAMERICANA; HA ENFOCADO SU TRABAJO EN TEMAS SOBRE DERECHO CONSTITUCIONAL, DERECHOS HUMANOS, DERECHOS SOCIALES, DERECHO A LA INFORMACIÓN Y REFORMA GUBERNAMENTAL.