POR MIGUEL ÁNGEL SERNA ORTEGA
INVESTIGADOR HISTÓRICO
EN EL TEATRO DE LA REPÚBLICA DE LA
CIUDAD DE QUERÉTARO, FUE PROMULGADA EL CINCO DE FEBRERO DEL AÑO DE MIL
NOVECIENTOS DIECISIETE, LA CARTA MAGNA, LA LEY SUPREMA ÓSEA LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
CONTIENE CIENTO TREINTA Y SEIS ARTÍCULOS
MÁS LOS TRANSITORIOS, REDACTADOS POR LOS DIPUTADOS FEDERALES DE TODOS LOS
ESTADOS DE LA REPÚBLICA EN AQUEL TIEMPO Y EN LA QUE ESTÁN CONTENIDOS NUESTROS
DERECHOS Y OBLIGACIONES COMO MEXICANOS.
ERA PRESIDENTE DE NUESTRO PAÍS, EL
COAHUILENSE PRIMER JEFE CONSTITUCIONALISTA, ENCARGADO DEL PODER EJECUTIVO, DON
VENUSTIANO CARRANZA GARZA.
EL CONGRESO CONSTITUYENTE, REUNIDO
EN QUERÉTARO DESDE EL DÍA UNO DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS, PREVIA
CONVOCATORIA AL RESPECTO SE DIO A LA TAREA DE REDACTAR DURANTE VARIOS MESES, LA
LEY DE LEYES, LEY MADRE A FAVOR DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS HOMBRES Y
MUJERES EN ESTE MÉXICO NUESTRO.
ESTA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
REDACTADA EN SANTIAGO DE QUERÉTARO, ES
LA PRIMERA EN EL MUNDO PARA ESTABLECER LOS DERECHOS SOCIALES, SIRVIENDO COMO
MODELO PARA QUE EN EL AÑO DE MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO, RUSIA REDACTARA LA
SUYA.
TODOS LOS ARTÍCULOS SON
IMPORTANTES, PERO SOBRESALEN EN EL DOCUMENTO: EL TERCERO, EL VEINTISIETE Y EL
CIENTO VEINTITRÉS, EN DONDE APARECEN CAMBIOS PROFUNDOS EN LA FILOSOFÍA POLÍTICA
MEXICANA. QUE AYUDAN A ENMARCAR EL CONTEXTO POLÍTICO DE NUESTRO PUEBLO.
EN
EL ARTÍCULO TERCERO, SE ESTABLECEN LAS BASES PARA QUE LA EDUCACIÓN
BÁSICA QUE IMPARTA EL ESTADO SEA OBLIGATORIA, GRATUITA Y LAICA, ESTO ÚLTIMO,
NOS INDICA QUE NO SE DEBE ENSEÑAR A LOS ALUMNOS NINGUNA RELIGIÓN.
EN EL ARTÍCULO VEINTISIETE, SE
HACE REFERENCIA A LA REFORMA AGRARIA Y LÓGICAMENTE AL CAMPESINADO, POR CIERTA
TAN OLVIDADO EN ESTOS DÍAS, RECORDEMOS A LOS TARAHUMARAS DE CHIHUAHUA QUE
AMENAZAN O PREFIEREN SUICIDARSE TIRÁNDOSE A LAS BARRANCAS DESDE LOS ALTOS
CERROS, POR MOTIVOS DE HAMBRE, FALTA DE TRABAJO Y SOBRE TODO MARGINACIÓN. Y A
PROPÓSITO EN EL ESTADO DE HIDALGO, NO TOCAMOS MAL LAS RANCHERAS POBREZA EN LA
SIERRA, LA HUASTECA, LA ZONA TEPEHUA, EL VALLE DEL MEZQUITAL, PACHUCA Y EL
ALTIPLANO.
LA CONSTITUCIÓN MEXICANA SE
FUNDAMENTA EN SIETE IDEAS FUNDAMENTALES QUE SON: UNA DECLARACIÓN DE DERECHOS,
LA SOBERANÍA DE LA NACIÓN, LA SEPARACIÓN DE PODERES, LOS RECURSOS PROPIEDAD DE
LA NACIÓN Y LA SUPREMACÍA DEL ESTADO SOBRE LA IGLESIA.
LA CONSTITUCIÓN QUE NOS RIGE, SE
DIVIDE EN TÍTULOS, QUE SON UNA SERIE DE ARTÍCULOS RELACIONADOS CON EL MISMO
TEMA GENERAL, DE LONGITUD VARIABLE Y SON POR EJEMPLO: CAPITULO UNO: DERECHOS Y
GARANTÍAS INDIVIDUALES, CAPITULO DOS: DE LOS MEXICANOS, CAPITULO TRES: DE LOS
EXTRANJEROS Y ASÍ PODRÍAMOS CONTINUAR CON QUE EN SU ARTICULADO NOS HABLA DE
OTROS TEMAS IMPORTANTES COMO: A SOBERANÍA NACIONAL, DE LA FORMA DE
GOBIERNO, DE LA SEPARACIÓN DE LOS PODERES
EN EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL, DE LAS RESPONSABILIDADES DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (PERO COMO TENEMOS TANTOS RATONES POLÍTICOS, YA NO
SABEMOS NI A CUAL REFERIRNOS).
LA CARTA MAGNA O LEY SUPREMA,
TAMBIÉN NOS HABLA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, Y ASÍ PODRÍAMOS CONTINUAR
ANOTANDO DERECHOS Y OBLIGACIONES CIUDADANAS PERO CON TRISTEZA HEMOS VISTO QUE
EL DINERO CORROMPE A FUNCIONARIOS FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES Y QUE
QUIEN ES RICO MESTIZO O CRIOLLO PUEDE HACER Y DESHACER A SUS ANTOJOS, MIENTRAS
EL PUEBLO Y SOBRE TODO EL PUEBLO INDÍGENA
INTEGRANTE DE ALGUNA DE LAS SESENTA Y DOS ETNIAS INDÍGENAS QUE TODAVÍA
TENEMOS Y CUYOS ANTEPASADOS FUERON DUEÑOS Y AMOS DE ESTAS HERMOSAS TIERRAS
MEXICANAS. ELLOS, COMO EL CHINITO: “NOMAS MILANDO”, Y SI COMETEN ALGUNA FALTA SE LES APLICA TODO EL
RIGOR DE LA LEY PORQUE EN ESTE MÉXICO CORRUPTO, VIOLENTO, POBRE Y FALTO DE
CULTURA SOBRE TODO, EL HILO SE REVIENTA POR LO MÁS DELGADO. DÍGAME SI NO AMABLE
LECTOR EN EL PAÍS MÁS RICO Y HERMOSO DE LA TIERRA DEL CIELITO LINDO, DEL PAÍS
DEL SOL, LA JUSTICIA, LA IGUALDAD Y LA FRATERNIDAD NO EXISTEN, EL PECADO
COMETIDO ES EL DE HABER NACIDO POBRE. RESPETUOSAMENTE MIGUEL ÁNGEL SERNA
ORTEGA. PACHUCA, FEBRERO 2012.